Terreno comercial en venta $1,650,000
Este terreno de 1,089.38 m2, cuenta con una casa muy amplia, de casi 300m2, con 3 habitaciones, cuarto de servicio, con sótano, 2 baños, una cocina y una sala comedor muy amplias.
Además, cuenta con 4 apartamentos muy amplios, inclusive tienen cuarto de servicio. Entre los cuatro miden 536m2.
Este terreno tiene Uso de Suelo para actividades de comercio y servicios de alcance nacional y regional. La altura es libre, va a depender de los retiros que tenga la propiedad.
Las actividades permitidas se describen en la Tabla 1 del Reglamento 2, “Lista General de Actividades y Zonificación con sus Condicionantes”, y documento conexo: “Clasificación de Actividades Económicas, Zonificación y Condicionantes para el cantón San José (CIIU4)”. (Solicitar el documento)
“26.1. Fórmula para el AMC en Zonas Comerciales y Mixtas Industria - Comercio. Para las propiedades o fincas ubicadas en Zonas Comerciales (ZC-1, ZC-2, ZC-3) y Mixto Industria Comercio (ZMIC), la fórmula a utilizar es:
AMC= Área del lote * CAS
Dónde: CAS es el Coeficiente de Aprovechamiento del Suelo, cuyos valores se encuentran en la Tabla 2, que se detalla en el artículo 26.3 de este reglamento. Cabe mencionar que no se fija una altura máxima del edificio, salvo las establecidas por la Dirección General de Aviación Civil, y que se indican en el Mapa “Alturas Máximas de Edificios según la Superficie Limitadora de Obstáculos para el Tránsito Aéreo del Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma (MRPV), por cuadrante urbano”.
Con respecto a la cobertura, se deja a criterio del desarrollador y de su profesional responsable, el porcentaje de la huella a edificar, siempre y cuando se cumpla con las normas de retiro establecidas en la Sección III de este reglamento; así como, en la normativa vigente sobre ventilación, iluminación natural, las áreas y dimensiones mínimas, dispuestas en el Reglamento de Construcciones del INVU y documentos conexos.”
El retiro frontal o de antejardín, le corresponde al Ministerio de Obras Publicas y Transportes (MOPT). Los restantes retiros serán los establecidos por la Ley de Construcciones y el Reglamento de Construcciones del INVU.